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CUNA DE LA ORGANIZACIÓN POLÍTICO ADMINISTRATIVA DE LOS TLAXCALTECAS. Nota de: La Jornada de Oriente. https://www.lajornadadeoriente.com.mx/tlaxcala/cuna-de-la-organizacion-politico-administrativa-de-los-tlaxcaltecas/-J


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Cuna es una palabra que sirve para resignificar la historia y conciencia del ser tlaxcalteca pero también para denostarlo. La Academia Española (RAE) otorga cuatro significados: Camita para niños con unas barandillas laterales. Patria o lugar de nacimiento de alguien. Estirpe, linaje, y Origen de algo.

La cuna de la organización político administrativa de los tlaxcaltecas es la comunidad. Bajo esa idea debe visualizarse la solución al problema de la inseguridad. La que avanza de manera progresiva y cuya solución siempre se piensa  llegará con la presencia de la Guardia Nacional o el Ejército.

Vale recordar cómo inicia el problema de la trata de personas. Esto permite una idea del papel que juega la comunidad y la familia en la aceptación y validación de una práctica cultural..

Osvaldo Romero señala que la actividad aparece como una ocupación laboral. Por la pobreza secular de las zonas indígenas al prohibir la explotación de los bosques. El aprendizaje como actividad económica entre los trabajadores que migran a la ciudad de Puebla y México.

En un inicio, las familias y las comunidades rechazan ese trabajo y establecen límites. Los lenones, no pueden participar de las organizaciones cívico religiosas de las comunidades. Hasta que comienzan a patrocinar eventos familiares y las festividades patronales, lo que les otorga legitimidad.

El poder económico permite cooptar posiciones en la jerarquías cívico religiosas y de ahí pasan a la autoridad civil, la agencia municipal, las presidencias municipales, las diputaciones locales y la administración pública municipal y estatal.

Las presidencias municipales auxiliares: cuarto poder de Estado y de gobierno

Raúl Olmedo en “El poder comunitario en Tlaxcala” describe el proceso por el que las agencias municipales se convierten en presidencias municipales auxiliares en 1985 y luego en 1995 en presidencias de comunidad.

Así el principio que orientó las reformas jurídicas que estableció el Congreso del estado de Tlaxcala podría enunciarse como sigue: “los Municipios adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, la Presidencia Municipal Auxiliar.”

La Presidencia Municipal Auxiliar se convierte jurídicamente en forma de gobierno comunitario, vinculado al gobierno municipal a través de la incorporación del presidente municipal auxiliar en calidad de regidor de pueblo (regidor representante de su comunidad, rural o urbana). Y así como acostumbramos denominar al municipio el “tercer nivel (orden) de gobierno”, así podríamos denominar a la Presidencia Municipal Auxiliar el “cuarto nivel (orden) de gobierno”. De hecho, los tlaxcaltecas se están acostumbrando a denominar a la Presidencia Municipal Auxiliar el “cuarto poder”, en su lenguaje cotidiano.

En rigor, la Presidencia Municipal Auxiliar no es un gobierno aparte del gobierno municipal (ayuntamiento), sino que es el mismo gobierno municipal pero organizado en gobiernos comunitarios con autonomía relativa, ya que la comunidad tiene autonomía para elegir a sus propias autoridades inmediatas y la legislación dota a la comunidad y a la autoridad comunal de ciertas capacidades de decisión autónoma. Es esta autonomía relativa la que justificaría calificar a la Presidencia Municipal Auxiliar como “cuarto orden de Estado y de gobierno”, a la par del municipio, del estado y de la Federación, dentro de una distribución de competencias gubernamentales y administrativas

La prevención de delitos y la seguridad de las personas es responsabilidad municipal

Garantizar la seguridad de las personas inicialmente es responsabilidad de los ayuntamientos. El artículo 93 de la Constitución Política del Estado de Tlaxcala determina que “Es obligación de los ayuntamientos atender y promover la prestación de los servicios públicos generales que requiera la comunidad.

Los municipios tendrán a su cargo los siguientes servicios públicos: a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales; b) Alumbrado público; c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; d) Mercados y centrales de abasto; e) Panteones; f) Rastros; g) Calles, parques, jardines y su equipamiento; h) Seguridad pública, en los términos del Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, policía preventiva municipal y tránsito.

La policía preventiva de cada municipio estará al mando del presidente municipal, en los términos del Reglamento correspondiente; acatará las órdenes del gobernador del estado, en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público; e, i) Los demás que determine el Congreso, tomando en cuenta las condiciones territoriales y socioeconómicas, así como su capacidad administrativa y financiera.

Y Las presidencias de comunidad qué

El artículo 94 de la Constitución, determina que “Las presidencias de comunidad formarán comités de obras y recursos materiales y publicarán en el Periódico Oficial la distribución de los recursos asignados”.

Sin embargo, la ley municipal establece en el artículo 115 que “Las presidencias de comunidad actuarán en sus respectivas circunscripciones como representantes de los ayuntamientos y, por consiguiente, tendrán de manera delegada las atribuciones que le sean necesarias para mantener en términos de esta ley el orden, la tranquilidad y la seguridad de los vecinos del lugar de su jurisdicción.

Las presidencias de comunidad que desde 1995 se convierten en posición de partido y empleo público tienen la responsabilidad de velar por la seguridad de las personas. Sin embargo, la mayor parte de ellas concentran su atención en el cobro de algún servicio -normalmente el agua potable, y realizar patrullajes con uno o dos policías.

Su mayor logro en seguridad, colgar lonas con la leyenda de “vecinos vigilantes”. Si no se desarrolla una cultura de la prevención asumiendo la responsabilidad colectiva de no permitir, ni solapar conductas delictivas entre los miembros de una comunidad es difícil disminuir los índices delictivos.

La solución no está en crear grandes cuerpos policiacos sino en recuperar el sentido de relación y cooperación de quienes habitan la comunidad. El problema es que las autoridades comunitarias, no consideran que la seguridad sea su responsabilidad y se la botan al ayuntamiento y este al gobierno del estado y finalmente a la Federación.

No hay que olvidar porqué a Tlaxcala se le conoce no solo como Cuna de la Nación sino también como cuna de los padrotes. En algún momento, la población acepta y valida esas conductas porque a través de ellas se resuelven muchos de los problemas económicos. Reconstruir el tejido social comienza con las familias y la comunidad.